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Una vez más, documento de 2010, mata relato negacionista de profetas del odio y falsos /as profetas

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"…es imprescindible que la libertad y nuestros vínculos sean vividos conforme al espíritu y a la letra de la Constitución Nacional como marco que guía acciones y decisiones”. Monseñor Oscar Ojea, presidente de la Conferencia Episcopal Argentina.

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Confesiones en la cárcel: reportaje en la revista cordobesa El Sur, editada en Río Cuarto por Hernán Vaca Narvaja, se realizó antes de los concedidos al periodista español Ricardo Angoso, y al argentino Ceferino Reato, pero recién se divulgó el 22 de julio 2022 Realizado por el periodista Adolfo Ruiz, en la cárcel de alta seguridad de Bouwer, donde el ex jefe de la Junta Militar estuvo detenido entre el 26 de junio y el 23 de diciembre de 2010, mientras se extendieron las audiencias del juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos en la cárcel de Córdoba conocida como UP1. Videla fue condenado en ese proceso a prisión perpetua por los asesinatos de 31 prisioneros dentro de la cárcel o mediante fraguados intentos de rescate en ocasión de traslados. Videla recibió a Ruiz el 6 y el 13 de agosto y el 18 de octubre de 2010 en el locutorio de la cárcel de Bouwer en Córdoba. Antes de comenzar puso como condición que recién se difundieran cuando dejara la provincia, como consta en la carta manuscrita que se reproduce aquí.

Como en otras entrevistas y en sus alegatos judiciales, Videla justificó el plan que aplicó la Junta Militar con los “decretos de aniquilación” firmados por el ex presidente interino Italo Luder, que constituyeron “una licencia para matar concedida por un gobierno democrático”. Cuando el periodista le inquirió si esa licencia incluía las torturas, el robo de bebés y el saqueo de los bienes de las víctimas, dijo que esas “bajezas humanas” se debieron al gran “poder y libertad de acción otorgados al Ejército”, situación en la cual “es inevitable que muchos utilicen esas libertades en beneficio propio”.

Nota: Agregó que con los juicios él y sus camaradas pagaban el costo de “no haber blanqueado” los métodos dispuestos entonces. Videla sostuvo que “hacia el final de mi mandato, entre el ’80 y el ’81, se llegó a evaluar la posibilidad de publicar la lista, blanquear los desaparecidos”. Explica que “no era tan fácil, porque además íbamos a estar expuestos a la contra pregunta. Si a una madre le decíamos que su hijo estaba en la lista, nadie le impediría que preguntara ¿dónde está enterrado, para llevarle una flor? ¿quiénes lo mataron? ¿por qué? ¿cómo lo mataron? No había respuestas para cada una de esas preguntas, y creímos que era embochinchar más esa realidad, y que sólo lograríamos afectar la credibilidad. Entonces en ese momento no se quiso correr ese riesgo”.

Dos cuestiones claves: Videla dijo que el plan de aniquilamiento fue “una licencia para matar concedida por un gobierno democrático”.

Mintió, por dos motivos: 1º El golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 termina con el gobierno democrático, cesando el decreto de neutralizar o aniquilar el accionar de la subversión responsabilidad del entonces Presidente provisional Senador Italo A. Luder y su gabinete.

2º Instalada la dictadura autodenominada Proceso de Reorganización Nacional, se dictó la Orden Secreta del 17 de diciembre de 1976, modificando la orden de “neutralizar y/o aniquilar el accionar subversivo”, y precisando que la orden era “aniquilar a los delincuentes subversivos”. Responsabilidad exclusiva de la 1ª Junta Militar de los ex militares de Ejército, Marina y Aviación destituidos y condenados a prisión perpetua en repetidas causas por el delito de Terrorismo de Estado y crímenes de Lesa humanidad.

Pero, el ya fallecido ex Dictador en la entrevista fue mucho más allá, dejó claro que el personal de Las Fuerzas Armadas y los grupos policiales y parapoliciales, imputados, procesados y sentenciados judicialmente, se valieron de aquellos decretos para justificar un golpe de Estado, militarizar el país y utilizar el terrorismo de Estado sin control judicial, contra las organizaciones guerrilleras y también contra activistas políticos, sindicales, estudiantiles, religiosos, comunitarios y de derechos humanos. Muchos de los militares condenados por delitos de lesa humanidad cometidos luego de 1975, invocaron sin éxito los decretos de aniquilamiento como una orden del Poder Ejecutivo constitucional, para proceder a la tortura, secuestro y ejecución sin juicio de personas.

Cuando el periodista le preguntó a Videla, si la licencia a la que había aludido incluía las torturas, el robo de bebés y el saqueo de los bienes de las víctimas, el ex dictador fue categórico: “las torturas, el robo de bebés y el saqueo de los bienes de las víctimas, como “bajezas humanas.” se incriminó él y a toda las jerarquías militares afirmando que esas “bajezas humanas” se debieron al gran “poder y libertad de acción otorgados al Ejército”. Y terminó responsabilizando a quienes estuvieron involucrados que la justicia procesó y condenó por esos delitos que “muchos utilizaron esas libertades en beneficio propio”.

Esto debe quedar claro para los negacionistas del terrorismo de Estado, y de las sentencias judiciales probatorias de crímenes de Lesa humanidad alcanzados por la lucha de los organismos de DDHH, Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, HIJOS/AS, y diversos organismos y agrupamientos de víctimas y familiares de detenidos/as desaparecidos/as de todo el país. Pero más aún cuando un funcionario público utiliza en el Estado de Derecho su supuesta inmunidad para restar validez a sentencias judiciales sobre terrorismo de Estado y crímenes de Lesa humanidad (con estado de cosa juzgada) desconociendo, descalificando, agraviando, discriminando e insultando a instituciones, organismos, y personas que defienden a víctimas y familiares, está violentando la Constitución Nacional Art. 75 inc. 22 y en el caso específico de tratarse de legisladores nacionales, son pasibles de ser sometidos a los alcances del artículo 188 de reglamento de la H. C. Diputados de la Nación. (inhabilidad moral) Puntualmente es el caso de la Diputada Victoria Villaruel candidata a Vicepresidenta de Milei.

La reforma constitucional de 1994 produjo la incorporación de nuevos valores, noveles principios y un sistema de derechos que se plasman en el art. 75 inc.22 dentro de las competencias del Congreso de la Nación: La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo Nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara.

Del mandato constitucional surgen nuevos paradigmas que impregnan todo el sistema de derecho positivo vigente en la Argentina para el análisis, la interpretación y la aplicación del mismo. La manda constitucional sienta como principio general, la supralegalidad de los tratados internacionales de toda clase: los tratados prevalecen sobre las leyes; en armonía con el art. 27 de la constitución del 53/60. Conclusión LOS TRATADOS tienen mayor valor que las leyes comunes de nuestro Estado Nación pero por debajo de la Constitución, con la singular excepción, de los tratados internacionales sobre derechos humanos. El mismo art. 75, inc. 22 otorga de manera directa jerarquía constitucional a once instrumentos internacionales de derechos humanos que enumera taxativamente.

Las actuales circunstancias, van dejando señales de un final de ciclo que dirigentes de los grandes fracasos del neoliberalismo (Menemismo, Alianza delarruista y el Macrismo) pretenden adjudicar al peronismo, cuando en verdad las resacas de los 90 y el 2001 (¡que se vayan todos!) recicladas en la partidocracia tradicional y el centralismo porteño, son a toda vista las que están severamente cuestionadas.

La aparición de falsos/as profetas, en disputa con profetas del odio, confundiendo procesos históricos con resentimientos e histerias personales, pondrán a prueba prontamente la capacidad de resistencia y resiliencia, del Pueblo Argentino. Así como desde el año 2003 al 2015, se logró avanzar en las causas judiciales contra crímenes de Lesa Humanidad, y en la conquista de derechos económicos sociales y culturales, será el tiempo que los cómplices civiles de las dictaduras que vuelven aparecer como Cavallo, Macri, y compañía paguen ante la justicia que deberá ponerse a la altura de las circunstancias, como en Brasil (por eso es líder en la región, en el G20 y en los Brick´s).

Entendemos que así podremos cumplir con la propuesta fundacional de 1983 de Raúl Alfonsín, (con la democracia se come se educa y se cura)., de 1985 (NUNCA Más Al terrorismo de Estado) ratificadas el 24/3/2004 (Néstor Kirchner en nombre del Estado perdón por el silencio durante 20 años de democracia de tantas atrocidades) y el 15/12/2005 (al 3 de enero del 2006 pago de la deuda al FMI). Confiamos que el gobierno nacional está haciendo todos los esfuerzos, en las actuales medidas económicas para que la ciudadanía siga optando por la igualdad de oportunidades en un Estado de Derecho donde como dijera Don José Artigas “Nadie es más que nadie.”

Alejandro "Paty" Richardet

Especialista en Educación en DDHH, Cátedra UNESCO Universidad de la República (R.O.U) ex Coordinador general de DDHH y Políticas sociales UADER