Diamante: vendía droga, pero fue absuelta en novedoso fallo

Una mujer fue absuelta por haber actuado en un contexto de violencia de género, coercionada por la expareja. Vendía droga en Diamante

Dos años después de haber sido detenida por vender droga en su vivienda de la ciudad de Diamante, una mujer fue absuelta por haber actuado en un contexto de violencia de género, coercionada por la expareja. Luego de un juicio donde la Fiscalía pidió siete años de prisión efectiva por narcomenudeo y el defensor Augusto Lafferriere la absolución, el juez Alejandro Cánepa adelantó el veredicto en el cual hizo prevalecer la situación en la que se encontraba la acusada, tal como lo indican las leyes y tratados internacionales.

El caso fue una investigación llevada adelante por personal de Toxicología, que había detectado los movimientos de narcomenudeo en una vivienda ubicada en calle Moreno al final de Diamante, a metros de la barranca. Mediante informaciones de calle, vigilancias y escuchas telefónicas, se logró demostrar la actividad delictiva desarrollada al menos entre el 18 de diciembre de 2020 y 16 de abril de 2021, que estaba a cargo principalmente de M.J.A, quien atendía a los clientes.

Cocaína y marihuana eran vendidas a consumidores hasta el día del allanamiento en el domicilio, donde secuestraron estas sustancias y 10.270 pesos. Allí encontraron y arrestaron a esta mujer y a su expareja Silvio Daniel Ibarra, alias Chivo, quien se encontraba allí pese a la prohibición judicial de acercamiento por violencia de género.

A su vez, en el marco de esos operativos, Julián Oscar López, apodado Toscón, fue localizado en cuando estaba estacionado en su auto a metros de la vivienda, con 213,1 gramos de cocaína y 406 de marihuana, así como 62.340 pesos.

Ibarra acumuló, además de la imputación por narcomenudeo, dos hechos del delito de Desobediencia judicial, por haberse acercado a la mujer que lo había denunciado, pese a la orden del Juzgado de Familia de Diamante. Por el hecho de violencia de género denunciado meses antes, el hombre estaba con una probation.

Unos meses después del procedimiento policial, mediante un juicio abreviado, López había recibido la pena de cuatro años de prisión efectiva, mientras que a Ibarra le dieron tres años de prisión condicional. Este hombre acordó con la Fiscalía y le impusieron esta sanción leve por dos hechos de desobediencia judicial en contexto de violencia de género y como partícipe secundario en el delito de comercio de drogas.

La mujer no quiso llegar a un acuerdo en un abreviado, ya que la consideraban autora del delito de narcomenudeo, cuya pena mínima es cuatro años de prisión. Fue a juicio oral, que se realizó este mes en el Tribunal de Juicios de Paraná. Declararon numerosos testigos y, en los alegatos, la Fiscalía pidió la pena de siete años de prisión efectiva para la mujer. Tal como se había planteado en la remisión de la causa a esta instancia, la acusación pública sostuvo que M.J.A. era quien tenía el dominio de la comercialización de drogas, ya que era persona encargada de la venta en su casa, mientras que Ibarra ocasionalmente e prestaba ayuda, según esta hipótesis. Además, cabe agregar que la mujer ya tuvo una condena en la Justicia Federal por el delito de venta de drogas, por la cual estuvo en la cárcel.

Por su parte, el abogado defensor Augusto Lafferriere no negó los hechos investigados y comprobados en la causa, sino que apuntó directamente a que la mujer no era culpable por haberse encontrado coercionada por Ibarra, en un contexto de violencia de género que se encontraba demostrado en sentencias judiciales. Consideró que de esta manera estaba acreditada la causal de no punibilidad ni culpabilidad.

En la jornada del viernes, el juez Cánepa adelantó el veredicto de absolución para M.J.., cuyos fundamentos se conocerán esta semana. Sin embargo, en la audiencia expuso parte de los argumentos por los cuales llegó a la conclusión, en coincidencia con la defensa, de que la mujer actuó en el contexto de violencia de género.

 

 

Nota con información de UNO