El particular pedido de un preso a la Justicia de Entre Ríos

Un hombre preso en Gualeguaychú le hizo un pedido especial a la Justicia de Entre Ríos pero le fue denegado.

Procesado por supuesta infracción a la Ley Nº 22.415 de Código Aduanero, un hombre privado de la libertad en la Unidad Penal Nº 9 “El Potrero” de Gualeguaychú, pidió visitar a su madre enferma en Montevideo, pero el pedido fue denegado por la Justicia de Entre Ríos.

El juez Jorge Sebastián Gallino, de Concepción del Uruguay, resolvió “no hacer lugar al traslado solicitado por el interno WGDRO” que, a través de su defensa, manifestó su “intención de visitar a su madre, quien se encuentra en un delicado estado de salud”.

El interno solicitó el 10 de enero que “se autorice su traslado hacia la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, donde se encuentra internada en cuidados intensivos su madre, en estado grave de salud, lo cual fue constatado telefónicamente por una licenciada en Trabajo Social”.

El día 12 tomó intervención la Defensa Pública, “informando que se comunicó el pasado 11 del corriente mes y año con el procesado, quien manifestó que sostiene su intención de visitar a su madre, quien se encuentra en un delicado estado de salud, remitiéndose al escrito presentado por su asistido”.

Por su parte, el doctor Gallino resolvió compartir lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, “toda vez que además de no estar contemplado en la legislación vigente la posibilidad de efectuar el traslado del interno a país limítrofe por razones de acercamiento familiar, ni siquiera se ha especificado el lugar de alojamiento en el vecino país ni la forma en que se haría el contacto su madre, cuyo problema de salud ni siquiera ha sido debidamente acreditado”.

Corrida la vista a Fiscalía, el 16 de enero se pronunció “propiciando el rechazo de la pretensión deducida, señalando que la misma no puede prosperar, toda vez que más allá de la completa ausencia de evidencia de la situación de salud que atravesaría la madre del solicitante, no es posible efectuar dicho traslado, toda vez que ni la Ley de Asistencia Jurídica Mutua para los países del Mercosur, ni aquella que regula la cooperación internacional en materia penal, prevén la posibilidad de efectuar este tipo de traslados y que, además de ser un supuesto novedoso, debería encausarse por vía diplomática, en un marco de rebrote de los casos de contagios de Covid-19 (SARS-Cov-2), y con la implicancia de las autoridades de la República Oriental del Uruguay, lo que deriva en su imposibilidad”.

 

 

Nota con información de Ahora