Restricciones electorales en Entre Ríos: Lo que debes saber para el día de los comicios

Con la proximidad de las elecciones, la Secretaría Electoral Nacional Distrito Entre Ríos ha difundido las restricciones establecidas por el artículo 71 del Código Electoral Nacional, buscando garantizar un proceso electoral ordenado y sin distracciones.
Desde la Jefatura Diamante se han destacado las prohibiciones más consultadas por la ciudadanía, con el objetivo de evitar confusiones y sanciones durante la jornada electoral.
☑️ Prohíbe la realización de espectáculos públicos, sociales, culturales y deportivos a partir de las 08 h del día de la elección y hasta pasadas tres horas de su finalización.
☑️ Prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas abiertas (copeo) desde las 00.00 h del día de los comicios y hasta transcurridas tres horas del cierre de los comicios. Los restaurantes, supermercados, kioscos, etc. pueden mantener abiertas sus puertas al público, debiendo abstenerse del expendio de bebidas alcohólicas.
☑️ Los locales bailables deben permanecer cerrados al público desde las 00.00 h, hasta las 21 h del día de los comicios.
☑️ Las fiestas privadas como cumpleaños, casamientos, etc. realizadas en casas de familia, clubes, o lugares habilitados a tal fin, y a puertas cerradas quedan EXENTAS de estas prohibiciones.
