Milei disuelve la Comisión Nacional de Alimentos

En una decisión que marca un giro en la política alimentaria nacional, el Gobierno argentino disolvió la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), organismo creado en 1999 para asesorar sobre el Código Alimentario Argentino (CAA).

La medida, oficializada mediante el Decreto 538/2025, busca simplificar estructuras estatales, evitar duplicidades y acelerar los procesos vinculados a la producción y comercialización de alimentos.

La responsabilidad de actualizar y fiscalizar el CAA recaerá ahora en dos organismos clave: la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a través del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Ambos entes, según el decreto, cuentan con los recursos técnicos y legales para asumir directamente las tareas que antes pasaban por la CONAL.

Además de la eliminación de la CONAL, el Gobierno derogó la normativa que establecía cabinas sanitarias únicas para el control de productos en tránsito. Argumenta que la digitalización de trámites y el rol del servicio aduanero han vuelto obsoleta esa infraestructura. No obstante, se mantendrán las estaciones del SENASA para productos con riesgo de plagas.

Otro cambio significativo es la exclusión de los entes municipales del registro nacional de alimentos. En contraste, las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires podrán seguir integrando el Sistema Nacional de Control de Alimentos, junto a ANMAT y SENASA. Esta reestructuración apunta a una gestión más austera y eficiente del sector público.

El Ejecutivo asegura que estas modificaciones no comprometen la calidad ni la seguridad alimentaria. Por el contrario, se busca fortalecer la capacidad de respuesta del Estado ante los desafíos del mercado alimentario, alineando las normativas con estándares internacionales y acuerdos del MERCOSUR.

Retiran del mercado una reconocida pasta dental por reacciones adversas

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) tomó una decisión contundente: prohibió el uso, distribución y comercialización de la pasta dental “Colgate Total Clean Mint” en todo el país.

Esta acción se fundamenta en la creciente cantidad de reportes sobre efectos adversos que afectan la salud bucal de los consumidores, como irritaciones, aftas y hinchazón.

La alerta surgió inicialmente en Brasil, país de origen del producto, donde se registraron más de 11.000 casos relacionados con reacciones negativas desde su lanzamiento en julio de 2024. La Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria brasileña (ANVISA) elaboró un informe de cosmetovigilancia que respaldó los datos recopilados, destacando síntomas preocupantes en miles de usuarios.

En Argentina, hasta el momento se han reportado al menos 21 casos: 19 fueron informados por la propia empresa fabricante Colgate-Palmolive y 2 directamente por la ANMAT. Aunque no se registraron cuadros graves en el país, el organismo consideró que la evidencia era suficiente para suspender de forma preventiva la comercialización.

La disposición 5126/2025, publicada en el Boletín Oficial, establece que el producto será retirado del mercado argentino hasta que la empresa pueda presentar estudios concluyentes que garanticen su inocuidad. La medida se extiende a todas las presentaciones y tamaños de la pasta dental en cuestión.

Este episodio vuelve a poner en agenda la importancia de una vigilancia activa sobre productos de uso cotidiano. El llamado es a consumidores y autoridades por igual: prestar atención a los síntomas que pueda generar un artículo de higiene personal y exigir estudios científicos sólidos que respalden su seguridad.

ANMAT prohibió una salsa de tomate, un aceite de oliva y productos médicos por falsificación

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó el retiro inmediato de una salsa de tomate y un aceite de oliva comercializados ilegalmente, además de equipamiento médico sin aval legal.

Las medidas fueron anunciadas a través de distintas disposiciones oficiales que ya fueron comunicadas a todas las jurisdicciones sanitarias del país.

En el caso de la salsa de tomate, se trató de un producto “libre de gluten” que utilizaba la marca Profecía y los registros sanitarios de la empresa JARAMA S.R.L. Sin embargo, fue la propia compañía la que alertó que ese producto no había sido fabricado ni distribuido por ellos. La Dirección de Alimentos de San Juan confirmó que se trataba de una falsificación, por lo que se declaró su retiro total de circulación.

En paralelo, se prohibió el aceite de oliva “Rioja Oliva”, rotulado como elaborado por J. Fernández S.A., en La Rioja. Las autoridades de las provincias de San Luis y Córdoba verificaron que el registro era inexistente y que la información del envase no coincidía con ningún productor habilitado. La ANMAT dictó su prohibición mediante la Disposición 3798/2025 por violación a la normativa sanitaria vigente.

Además, se detectaron insumos médicos apócrifos durante una inspección en una ortopedia de Comodoro Rivadavia. Los productos, de la marca ARTHREX, carecían de documentación válida, presentaban envases alterados y no estaban respaldados por importadores autorizados. Se trataba de anclajes óseos y tornillos quirúrgicos utilizados en intervenciones clínicas.

Ante estos hallazgos, la ANMAT advirtió a la población sobre la importancia de verificar la autenticidad y trazabilidad de los productos antes de su consumo o utilización. El organismo remarcó que tanto en alimentos como en insumos médicos, el uso de productos falsificados representa un serio riesgo para la salud pública.

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